Trabajadoras de casas particulares: qué empleadores pueden pedir beneficios

Desde la puesta en marcha del programa a comienzos de octubre, unas 20.000 trabajadoras de casas particulares fueron formalizadas, de las cuales 3.000 están comprendidas dentro de los beneficios del Programa Registradas.

El Programa Registradas permitirá a más de 5.400 empleadores solicitar un beneficio equivalente de entre 30% y 50% del salario de las nuevas trabajadoras de casas particulares que sean formalizadas por sus empleadores, por espacio de seis meses, de acuerdo a lo notificado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Los contribuyentes que pueden solicitar el beneficio son aquellos que dieron de alta una relación laboral de este tipo y que cumplen con las condiciones previstas en el programa, informaron fuentes de la AFIP.

Desde la puesta en marcha del programa a comienzos de octubre, unas 20.000 trabajadoras de casas particulares fueron registradas en el organismo, de las cuales 3.000 están comprendidas dentro de los beneficios del Programa Registradas.

Con el objetivo de avanzar en la formalización del empleo de trabajadoras de este sector y garantizar el acceso al beneficio del Programa Registradas, la AFIP envió notificaciones a más de 5.400 empleadores que están en condiciones de solicitar el acceso a través de la página web de la AFIP.

El Programa Registradas busca reducir la informalidad del sector de trabajadoras de casas particulares, garantizar la permanencia en un empleo registrado y promover la bancarización.

La inscripción debe ser solicitada por la parte empleadora a través de la página web de la AFIP, hasta el 31 de diciembre próximo.

Para acceder a Registradas la parte empleadora debe inscribir a la trabajadora en la AFIP y pagar la ART, los aportes y contribuciones.

Una vez realizada el alta de la relación laboral podrá tramitar el beneficio para que el Estado pueda transferir durante seis meses entre el 30% y 50% del salario a una cuenta sueldo gratuita a nombre de la trabajadora en el Banco Nación.

La parte empleadora deberá transferir a la trabajadora el porcentaje restante del sueldo que corresponda.

FUENTE : ELONCE

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *